{"id":2282,"date":"2008-04-30T22:31:27","date_gmt":"2008-04-30T20:31:27","guid":{"rendered":"http:\/\/ateomilitante.com.ar\/?p=110"},"modified":"2008-04-30T22:31:27","modified_gmt":"2008-04-30T20:31:27","slug":"el-costo-de-sostener-un-culto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.redatea.net\/index.php\/el-costo-de-sostener-un-culto\/","title":{"rendered":"El costo de sostener un culto"},"content":{"rendered":"<p class=\"MsoNormal\" ><em><span>\u00c2\u00bfPor qu\u00c3\u00a9 debo sustentar econ\u00c3\u00b3micamente una o m\u00c3\u00a1s religiones cuando ni las profeso ni comulgo con ellas?<\/span><\/em><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>Es la pregunta que todo laicistas deber\u00c3\u00ada hacerse a si mismo en alg\u00c3\u00ban momento de su activismo, y que exige, adem\u00c3\u00a1s, una concreta declaraci\u00c3\u00b3n personal, m\u00c3\u00a1s a\u00c3\u00ban cuando se vive en un pa\u00c3\u00ads que, desde su carta magna, suscribe privilegios en favor de un culto en particular. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>Para ser m\u00c3\u00a1s claro, el art\u00c3\u00adculo segundo de la actual Constituci\u00c3\u00b3n Argentina<span> <\/span>establece que el Estado debe sustentar el culto cat\u00c3\u00b3lico apost\u00c3\u00b3lico romano, y esa sustentaci\u00c3\u00b3n es justificada por el Gobierno Nacional como un reconocimiento honor\u00c3\u00adfico a la Iglesia por su <em>labor hist\u00c3\u00b3rica, espiritual y social en el pa\u00c3\u00ads<\/em>, pero tambi\u00c3\u00a9n, y ya en t\u00c3\u00a9rminos econ\u00c3\u00b3micos, mediante la entrega de exenciones y desgravaciones de impuestos por sus actividades y patrimonios, y en subsidios a la educaci\u00c3\u00b3n privada que dicho culto ofrece. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>Es bueno que aclare que los privilegios antes nombrados los goza tanto la Iglesia Cat\u00c3\u00b3lica como todas las religiones inscriptas en la Secretar\u00c3\u00ada de Culto. Pero aqu\u00c3\u00ad no acaba la cosa. Tambi\u00c3\u00a9n, y ahora s\u00c3\u00ad con car\u00c3\u00a1cter exclusivo, la Iglesia recibe un monto del Estado, detallado con pelos y se\u00c3\u00b1ales en cada Presupuesto Nacional, por concepto de s<em>ostenimiento de culto<\/em>.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><em><span>\u00c2\u00bfY qu\u00c3\u00a9 es el sostenimiento de culto?<\/span><\/em><span> No es otra cosa que una renta fijada por la suma de asignaciones para obispos, parroquias, seminaristas, jubilaci\u00c3\u00b3n de sacerdotes, tribunales y facultades eclesi\u00c3\u00a1sticas, canonizaciones, s\u00c3\u00adnodos, conferencias regionales y visitas ad l\u00c3\u00admina, es decir, visitas de algunos miembros de la jerarqu\u00c3\u00ada eclesi\u00c3\u00a1stica al Vaticano, para presentarse ante el Papa y dar cuenta del estado de sus di\u00c3\u00b3cesis; renta total que es transferida por la Secretar\u00c3\u00ada de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores a la Conferencia Episcopal Argentina a trav\u00c3\u00a9s del Programa 17 \u00e2\u20ac\u0153Registro y Sostenimiento de Culto\u00e2\u20ac\u009d.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>Las razones que da el gobierno para esta asignaci\u00c3\u00b3n exclusiva son puramente hist\u00c3\u00b3ricas. Durante la \u00c3\u00a9poca colonial hisp\u00c3\u00a1nica y en los primeros a\u00c3\u00b1os de la independencia argentina los conceptos de Estado e Iglesia eran inseparables, tanto, que se consideraban pr\u00c3\u00a1cticamente lo mismo. El Estado expand\u00c3\u00ada los dominios de la Iglesia, y \u00c3\u00a9sta santificaba las decisiones de aquel. Pero en 1822, la Iglesia recibi\u00c3\u00b3 un golpe en el bolsillo cuando se le confiscaron los bienes patrimoniales, se le suprimi\u00c3\u00b3 la recaudaci\u00c3\u00b3n de diezmos, y se le clausuraron unos cuantos conventos, lo que significaba dejarla en bancarrota. A cambio, el Estado prometi\u00c3\u00b3, como acto de reparaci\u00c3\u00b3n, hacerse cargo del sueldo del clero y pagar los gastos devengados del culto, pero tambi\u00c3\u00a9n ejercer el derecho de Patronato, por el cual pod\u00c3\u00ada opinar sobre la elecci\u00c3\u00b3n de obispos y la conformaci\u00c3\u00b3n de nuevas di\u00c3\u00b3cesis. Este derecho, llev\u00c3\u00b3 a que algunos obispos y sacerdotes fueran considerados empleados p\u00c3\u00bablicos y actuaran como tales en diversas situaciones. En 1853, para la firma de la primera Constituci\u00c3\u00b3n, los defensores de la Iglesia como religi\u00c3\u00b3n estatal y los defensores de la separaci\u00c3\u00b3n de ambas instituciones convinieron en incluir el art\u00c3\u00adculo segundo en la carta magna.<span> <\/span>Finalmente, en 1966, un acuerdo entre Argentina y el Vaticano elimin\u00c3\u00b3 el sistema de patronato y estableci\u00c3\u00b3 las relaciones basadas en la autonom\u00c3\u00ada de poderes, a la vez que el Gobierno Nacional deb\u00c3\u00ada seguir pagando las asignaciones a parte de la curia, es decir, seguir sosteniendo el culto.<span> <\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>Hablando en n\u00c3\u00bameros, el costo de sostener este culto fluct\u00c3\u00baa a\u00c3\u00b1o a a\u00c3\u00b1o, siendo de $ 13.476.567.- en el 2005, $ 10.578.489.- en el 2006, $ 16.686.278.- en el 2007, y $ 18.100.000.- en el 2008, lo que equivale respectivamente al 0.0174%, 0.0113%, 0.0137% y 0.0112% del total del Presupuesto Nacional. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>Si s\u00c3\u00b3lo tenemos en cuenta los porcentajes dados, es probable que nos resulte un monto absolutamente despreciable, pero no lo es cuando de la realidad se trata. Con el monto m\u00c3\u00a1s bajo que recibi\u00c3\u00b3 la Iglesia en los per\u00c3\u00adodos vistos, o sea los $ 10.578.489.-, se pueden comprar, a lo menos, 2.115.698 kilos de pan, 117.539 diccionarios Peque\u00c3\u00b1o Larousse Ilustrado, 4.722.540 paquetes de fideos, 1.926.865 kilos de peras, 7300 computadoras, 503.737 kilos de bife de chorizo, 81.373 pares de zapatillas de marca y 5.289.244 de ejemplares de la Constituci\u00c3\u00b3n Argentina, que en su art\u00c3\u00adculo segundo, solapadamente, nos informa a d\u00c3\u00b3nde se va el dinero con el que podr\u00c3\u00adamos comprar todo lo dem\u00c3\u00a1s. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>En el 2006, los Diputados Franco y Dellepiane se hicieron eco de este privilegio y presentaron el proyecto de ley de Financiaci\u00c3\u00b3n al Culto Cat\u00c3\u00b3lico (6389-D-2006), que actualmente duerme en las comisiones de Relaciones Exteriores y Hacienda, concibiendo ellos que las asignaciones de s<em>ostenimiento de culto<\/em> deber\u00c3\u00adan recaer solamente en los fieles de la Iglesia y no en los creyentes de otros cultos o, incluso, en los que no creen. Seg\u00c3\u00ban lo dice el proyecto, la idea es que el creyente de la fe cat\u00c3\u00b3lica haga un aporte voluntario mediante la deducci\u00c3\u00b3n del 5% de su impuesto a las ganancias, as\u00c3\u00ad, quien crea y quiera aportar, que lo haga, y quien no, pues no. Pero luego, Franco y Dellepiane rematan la idea de financiamiento sugiriendo que, si la suma de todos los 5 % de los fieles no llega a ser al menos el mismo monto que aporta actualmente el Estado, es justamente el Estado quien tiene que poner la diferencia. Es decir, los creyentes de otras religiones, y los no creyentes, tienen que seguir pagando.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>Y este tema nos retrotrae a otro: la Iglesia Cat\u00c3\u00b3lica dice que el dinero del s<em>ostenimiento de culto<\/em> corresponde a una peque\u00c3\u00b1a porci\u00c3\u00b3n de sus arcas. Lo que significa que gana mucho m\u00c3\u00a1s, junto con las restantes religiones inscriptas en la Secretar\u00c3\u00ada de Culto, con las exenciones al pago de ciertos impuestos, lo que a su vez equivale a que el Gobierno Nacional recaude menos plata y, probablemente, deba aumentarle el impuesto a los que s\u00c3\u00ad los pagan. O sea, pagamos nuestros impuestos y tambi\u00c3\u00a9n los impuestos que deber\u00c3\u00ada pagar la comunidad cat\u00c3\u00b3lica, la jud\u00c3\u00ada, la mormona, la evang\u00c3\u00a9lica, la de los testigos de Jehov\u00c3\u00a1, y tantos m\u00c3\u00a1s.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>Par terminar, y respondiendo a la pregunta inicial, si un Estado quiere darse aires de laico, republicano, democr\u00c3\u00a1tico y pluralista sin duda debe proteger la libertad de culto y el derecho de cada ciudadano de expresar libremente sus creencias pero, a la vez, no puede ni debe mantener econ\u00c3\u00b3micamente a ninguna religi\u00c3\u00b3n, y mucho menos sostener privilegios con una en particular, porque por definici\u00c3\u00b3n se estar\u00c3\u00a1 contradiciendo a si misma. Porque ponderando a una, excluye a las otras; avalando financieramente a todas, relega a quienes no creen, y con todo ello, pierde la autonom\u00c3\u00ada, la laicidad, el car\u00c3\u00a1cter democr\u00c3\u00a1tico y pluralista, razones que la hacen como quiere ser. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>Al fin y al cabo, es derecho del creyente sostener el culto en el que cree, pero nunca obligar a hacerlo al que no se considera parte de sus creencias.<span> <\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span> <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">\n<p class=\"MsoNormal\"><span><strong>Fuentes consultadas<\/strong><\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>- Presupuestos Nacionales Ley 25.967 del 2005, Ley 26.078 del 2006, Ley 26.198 del 2007, Ley 26.337 del 2008. Apartado correspondiente al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, bajo el Programa 17 \u00e2\u20ac\u201c Registro y Sostenimiento de culto<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\" ><span>- Proyecto de ley 6389-D-2006 \u00e2\u20ac\u201c Financiaci\u00c3\u00b3n al Culto Cat\u00c3\u00b3lico Apost\u00c3\u00b3lico Romano. Diputados Hugo Alberto Franco y Carlos Francisco Dellepiane.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span> <\/span><\/p>\n <span class=\"post2pdf_span\" ><a href=\"http:\/\/ateomilitante.com.ar\/wp-content\/plugins\/post2pdf\/generate.php?post=110\" rel=\"nofollow\"><img src=\"http:\/\/ateomilitante.com.ar\/wp-content\/plugins\/post2pdf\/icon\/pdf.png\" width=\"16px\" height=\"16px\" \/>Convertir esta entrada a PDF.<\/a><\/span><p class=\"akst_link\"><a href=\"http:\/\/ateomilitante.com.ar\/?p=110&amp;akst_action=share-this\"  title=\"E-mail this, post to del.icio.us, etc.\" id=\"akst_link_110\" class=\"akst_share_link\" rel=\"nofollow\">Comp\u00c3\u00a1rtelo<\/a>\n<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00c2\u00bfPor qu\u00c3\u00a9 debo sustentar econ\u00c3\u00b3micamente una o m\u00c3\u00a1s religiones cuando ni las profeso ni comulgo con ellas?<br \/>\nEs la pregunta que todo laicistas deber\u00c3\u00ada hacerse a si mismo en alg\u00c3\u00ban momento de su activismo, y que exige, adem\u00c3\u00a1s, una concreta declaraci\u00c3\u00b3n personal, m\u00c3\u00a1s a\u00c3\u00ban cuando se vive en un pa\u00c3\u00ads que, desde su carta magna, suscribe [&#8230;]<\/p>\n","protected":false},"author":117,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[],"tags":[],"class_list":["post-2282","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.redatea.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2282","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.redatea.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.redatea.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.redatea.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/117"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.redatea.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2282"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.redatea.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2282\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.redatea.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2282"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.redatea.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2282"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.redatea.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2282"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}