{"id":24150,"date":"2015-09-30T12:00:00","date_gmt":"2015-09-30T11:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/redatea.net\/?guid=ad1e9de0650a1bbd21f6d441e4ad9958"},"modified":"2015-09-30T12:00:00","modified_gmt":"2015-09-30T11:00:00","slug":"feliz-dia-de-la-blasfemia-3","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/blog-sin-dioses.blogspot.com\/2015\/09\/feliz-dia-de-la-blasfemia.html","title":{"rendered":"Feliz D\u00c3\u00ada de la Blasfemia"},"content":{"rendered":"<div class=\"separator\" style=\"clear: both; text-align: center;\"><a href=\"http:\/\/3.bp.blogspot.com\/-6tMYviVoJJ4\/Vf8XEB2hVlI\/AAAAAAAAIxY\/FUQwqDqamUg\/s1600\/D%25C3%25ADa%2Bde%2Bla%2BBlasfemia.jpg\" imageanchor=\"1\" style=\"margin-left: 1em; margin-right: 1em;\"><img border=\"0\" height=\"497\" src=\"http:\/\/3.bp.blogspot.com\/-6tMYviVoJJ4\/Vf8XEB2hVlI\/AAAAAAAAIxY\/FUQwqDqamUg\/s640\/D%25C3%25ADa%2Bde%2Bla%2BBlasfemia.jpg\" width=\"640\" \/><\/a><\/div><br \/>Compartimos esta vi\u00c3\u00b1eta para el d\u00c3\u00ada internacional de la blasfemia y esta noticia sobre el derecho a la blasfemia.<br \/><br \/><span style=\"font-size: large;\"><b>Las naciones unidas afirman el derecho humano a la blasfemia<\/b><\/span><br \/><br \/>Publicado por Austin Dacey en <a href=\"http:\/\/www.religiondispatches.org\/archive\/politics\/4985\/united_nations_affirms_the_human_right_to_blaspheme_%7C_politics_%7C_\/\">Religion Dispatches<\/a><br \/><br \/>Habiendo seguido los debates sobre religi\u00c3\u00b3n y libertad de expresi\u00c3\u00b3n en las Naciones Unidas durante los \u00c3\u00baltimos a\u00c3\u00b1os, me he acostumbrado a las malas noticias, tales como una d\u00c3\u00a9cada de resoluciones del Consejo de Derechos Humanos y de la Asamblea General \u00e2\u20ac\u0153combatiendo la difamaci\u00c3\u00b3n de las religiones.\u00e2\u20ac\u009d Ahora que hay algunas buenas noticias, casi nadie se ha dado cuenta. A fines del mes pasado, la ONU lanz\u00c3\u00b3 una nueva declaraci\u00c3\u00b3n sobre la extensi\u00c3\u00b3n de la libertad de expresi\u00c3\u00b3n bajo la ley internacional. Afirma que las leyes que restringen la blasfemia son incompatibles con los standard de los derechos humanos universales.La declaraci\u00c3\u00b3n procedi\u00c3\u00b3 del Comit\u00c3\u00a9 de Derechos Humanos, el cuerpo de dieciocho \u00e2\u20ac\u0153expertos independientes\u00e2\u20ac\u009d encargados de controlar la conformidad con el Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Pol\u00c3\u00adticos (ICCPR), el tratado de derechos humanos de 1966 que vela por la libertad de opini\u00c3\u00b3n y expresi\u00c3\u00b3n, y otros derechos fundamentales. Los comentarios del Comit\u00c3\u00a9 general representan interpretaciones autorizadas sobre las provisiones que debe llevar a cabo el ICCPR. A diferencia de las muy publicitadas resoluciones producidas por el Consejo de Derechos Humanos y por la Asamblea General, las provisiones del ICCPR son legalmente vinculantes para sus m\u00c3\u00a1s de 165 participantes.<br \/><br \/>La detallada declaraci\u00c3\u00b3n de 52 p\u00c3\u00a1rrados, el <a href=\"http:\/\/www2.ohchr.org\/english\/bodies\/hrc\/docs\/GC34.pdf\">Comentario General N\u00c3\u00bamero 34<\/a>, es el resultado de dos a\u00c3\u00b1os de intenso debate entre representantes del gobierno y organizaciones de las sociedad civil. El comentario previo del Comit\u00c3\u00a9 sobre la libertad de opini\u00c3\u00b3n y expresi\u00c3\u00b3n, en 1983, ten\u00c3\u00ada s\u00c3\u00b3lo catro p\u00c3\u00a1rrafos. Adem\u00c3\u00a1s de tratar materias como la traici\u00c3\u00b3n, la difamaci\u00c3\u00b3n de los jefes de estado, \u00e2\u20ac\u0153leyes de memoria\u00e2\u20ac\u009d que refuerzan una versi\u00c3\u00b3n oficial de la historia, o el derecho de los bloggers, el Comentario 34 se concentra en\u00c3\u00a9rgicamente en contra de las limitaciones religiosas contra la expresi\u00c3\u00b3n. Lo hace no s\u00c3\u00b3lo afirmando que el derecho a la libre expresi\u00c3\u00b3n es fundacional para una sociedad democr\u00c3\u00a1tica y libre, sino tambi\u00c3\u00a9n para la protecci\u00c3\u00b3n de otros derechos. Tambi\u00c3\u00a9n apela expl\u00c3\u00adcitamente a los valores de la libertad de conciencia y la igualdad ante la ley.<br \/><br \/>De acuerdo con el p\u00c3\u00a1rrafo 48, \u00e2\u20ac\u0153Las prohibiciones de muestras de falta de respeto hacia una religi\u00c3\u00b3n u otros sistemas de creencias, incluyendo las leyes de blasfemia, son incompatibles con el Pacto, excepto en circunstancias espec\u00c3\u00adficas tratadas en el art\u00c3\u00adculo 20, p\u00c3\u00a1rrafo 2, del Pacto.\u00e2\u20ac\u009d El art\u00c3\u00adculo 20, p\u00c3\u00a1rrafo 2, llama a los estados a prohibir \u00e2\u20ac\u0153la defensa del odio nacional, racial o religioso que constituye una incitaci\u00c3\u00b3n a la discriminaci\u00c3\u00b3n, la hostilidad o la violencia.\u00e2\u20ac\u009d El Comentario es cuidadoso requiriendo que cualquier restricci\u00c3\u00b3n no debe violar las garant\u00c3\u00adas del Pacto sobre igualdad ante la ley (Art\u00c3\u00adculo 26) y la libertad de pensamiento, consciencia y religi\u00c3\u00b3n (Art\u00c3\u00adculo 18). Por tanto, no se permitir\u00c3\u00ada que ninguna de estas leyes discriminara a favor o en contra de ciertas religiones o sistemas de creencias, o a sus partidarios por encima de otros, o a los creyentes religiosos sobre los no creyentes. Tampoco se permitir\u00c3\u00ada que tales prohibiciones fueran empleadas para prevenir o castigar la cr\u00c3\u00adtica de los l\u00c3\u00adderes religiosos o el comentario sobre la doctrina religiosa y las afirmaciones de fe.<br \/><br \/>Las leyes contra la blasfemia o \u00e2\u20ac\u0153insultos religiosos\u00e2\u20ac\u009d (que se encuentran en todo el mundo, incluyendo la mitad de los estados miembros del Consejo de Europa) son inherentemente discriminatorio contra los secularistas y los disidentes religiosos. Son discriminatorios en el sentido de que los secularistas no poseen recursos legales cuando son las palabras de los creyentes las que ofenden sus sensibilidades morales. Tampoco los gays pueden llevar a juicio a los editores del Lev\u00c3\u00adtico por la afrenta espiritual que con seguridad les supone. Los esc\u00c3\u00a9pticos y creyentes heterodoxos, por otra parte, s\u00c3\u00ad tienen un art\u00c3\u00adculo 18 para vivir y hablar de acuerdo con su conciencia incluso cuando ofende la ortodoxia.<br \/><br \/>El p\u00c3\u00a1rrafo 32 del nuevo comentario tambi\u00c3\u00a9n previene contra los estados que emplean una noci\u00c3\u00b3n estrecha de la llamada moral p\u00c3\u00bablica para restringir la expresi\u00c3\u00b3n, eliminando las leyes que postergan a una tradici\u00c3\u00b3n religiosa en particular: \u00e2\u20ac\u0153el concepto de la moral deriva de muchas tradiciones sociales, filos\u00c3\u00b3ficas y religiosas, y en consecuencia las limitaciones\u00e2\u20ac\u00a6 con el prop\u00c3\u00b3sito  de de proteger la moralidad ha de basarse en principios que no deriven en exclusiva de una sola tradici\u00c3\u00b3n\u00e2\u20ac\u009d.<br \/><br \/>Las implicaciones de estas recomendaciones consisten en que las controversias sobre la blasfemia no son simplemente un conflicto entre \u00e2\u20ac\u0153libertad de expresi\u00c3\u00b3n\u00e2\u20ac\u009d y fe, sino choques entre afirmaciones contrarias sobre la conciencia. Esta posici\u00c3\u00b3n es defendida por la <a href=\"http:\/\/www.iheu.org\/files\/Speaking%20Freely%20about%20Religion.pdf\">International Humanist and Ethical Union<\/a> y elaborada en mi pr\u00c3\u00b3ximo libro, The future of Blasphemy: Speaking of the Sacred in an Age of Human Rights.<br \/><br \/>El mensaje del Comentario General N\u00c3\u00bamero 34 no es s\u00c3\u00b3lo una condena clara de las leyes de blasfemia de pa\u00c3\u00adses como Pakist\u00c3\u00a1n, que a pesar de haber ratificado el ICCPR en 2008, contin\u00c3\u00baa imponiendo la pena capital por blasfemia y \u00e2\u20ac\u0153profanaci\u00c3\u00b3n\u00e2\u20ac\u009d contra el nombre del Profeta Muhammad. El comentario repudia igualmente las decisiones de la Corte EUropa de Derechos Humanos en Estrasburgo, que confirm\u00c3\u00b3 leyes austriacas, brit\u00c3\u00a1nicas y turcas contra la blasfemia y los insultos religiosos invocando un derecho sui generis a \u00e2\u20ac\u0153respetar los sentimientos de los creyentes\u00e2\u20ac\u009d.<br \/><br \/>El mayor desacuerdo que hay en el comentario, desde mi punto de vista, es su fracaso para se\u00c3\u00b1alar las leyes de discurso de odio, que en muchos pa\u00c3\u00adses funcionan de hecho como restricciones sobre la blasfemia y el sacrilegio. Te\u00c3\u00b3ricamente, podemos distinguir entre dar una paliza a una creencia o a sus partidarios. A\u00c3\u00ban as\u00c3\u00ad, en ausencia de una norma internacional precisa, la \u00e2\u20ac\u0153defensa del odio religioso\u00e2\u20ac\u009d podr\u00c3\u00ada significar cualquier cosa, desde provocar violencia inminente contra individuos (criminalizados incluso bajo la Primera Enmienda) hasta el standard no verificable de estar motivado por la hostilidad religiosa, como ocurre bajo la Ley brit\u00c3\u00a1nica sobre Crimen y Desorden de 1998. Las condenas de escritores y activistas como Paul Giniewski en Francia, Lars Hedegaard en Dinamarca, y Elisabeth Sabadistch-Wolff en Austria, prueban que las leyes sobre discurso de odio pueden ser empleadas de forma abusiva incluso en las democracias liberales.<br \/><br \/>Los activistas de la sociedad civil tienen ahora de su parte la autoridad legal de las Naciones Unidas en su intento de presionar a los gobiernos para que cumplen las obligaciones de los tratados y lleven a t\u00c3\u00a9rmino la criminalizaci\u00c3\u00b3n de la blasfemia.","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div><a href=\"http:\/\/3.bp.blogspot.com\/-6tMYviVoJJ4\/Vf8XEB2hVlI\/AAAAAAAAIxY\/FUQwqDqamUg\/s1600\/D%25C3%25ADa%2Bde%2Bla%2BBlasfemia.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" border=\"0\" height=\"497\" src=\"http:\/\/3.bp.blogspot.com\/-6tMYviVoJJ4\/Vf8XEB2hVlI\/AAAAAAAAIxY\/FUQwqDqamUg\/s640\/D%25C3%25ADa%2Bde%2Bla%2BBlasfemia.jpg\" width=\"640\"><\/a><\/div>\n<p>Compartimos esta vi&ntilde;eta para el d&iacute;a internacional de la blasfemia y esta noticia sobre el derecho a la blasfemia.<\/p>\n<p><span><b>Las naciones unidas afirman el derecho humano a la blasfemia<\/b><\/span><\/p>\n<p>Publicado por Austin Dacey en <a href=\"http:\/\/www.religiondispatches.org\/archive\/politics\/4985\/united_nations_affirms_the_human_right_to_blaspheme_%7C_politics_%7C_\/\">Religion Dispatches<\/a><\/p>\n<p>Habiendo seguido los debates sobre religi&oacute;n y libertad de expresi&oacute;n en las Naciones Unidas durante los &uacute;ltimos a&ntilde;os, me he acostumbrado a las malas noticias, tales como una d&eacute;cada de resoluciones del Consejo de Derechos Humanos y de la Asamblea General &ldquo;combatiendo la difamaci&oacute;n de las religiones.&rdquo; Ahora que hay algunas buenas noticias, casi nadie se ha dado cuenta. A fines del mes pasado, la ONU lanz&oacute; una nueva declaraci&oacute;n sobre la extensi&oacute;n de la libertad de expresi&oacute;n bajo la ley internacional. Afirma que las leyes que restringen la blasfemia son incompatibles con los standard de los derechos humanos universales.La declaraci&oacute;n procedi&oacute; del Comit&eacute; de Derechos Humanos, el cuerpo de dieciocho &ldquo;expertos independientes&rdquo; encargados de controlar la conformidad con el Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Pol&iacute;ticos (ICCPR), el tratado de derechos humanos de 1966 que vela por la libertad de opini&oacute;n y expresi&oacute;n, y otros derechos fundamentales. Los comentarios del Comit&eacute; general representan interpretaciones autorizadas sobre las provisiones que debe llevar a cabo el ICCPR. A diferencia de las muy publicitadas resoluciones producidas por el Consejo de Derechos Humanos y por la Asamblea General, las provisiones del ICCPR son legalmente vinculantes para sus m&aacute;s de 165 participantes.<\/p>\n<p>La detallada declaraci&oacute;n de 52 p&aacute;rrados, el <a href=\"http:\/\/www2.ohchr.org\/english\/bodies\/hrc\/docs\/GC34.pdf\">Comentario General N&uacute;mero 34<\/a>, es el resultado de dos a&ntilde;os de intenso debate entre representantes del gobierno y organizaciones de las sociedad civil. El comentario previo del Comit&eacute; sobre la libertad de opini&oacute;n y expresi&oacute;n, en 1983, ten&iacute;a s&oacute;lo catro p&aacute;rrafos. Adem&aacute;s de tratar materias como la traici&oacute;n, la difamaci&oacute;n de los jefes de estado, &ldquo;leyes de memoria&rdquo; que refuerzan una versi&oacute;n oficial de la historia, o el derecho de los bloggers, el Comentario 34 se concentra en&eacute;rgicamente en contra de las limitaciones religiosas contra la expresi&oacute;n. Lo hace no s&oacute;lo afirmando que el derecho a la libre expresi&oacute;n es fundacional para una sociedad democr&aacute;tica y libre, sino tambi&eacute;n para la protecci&oacute;n de otros derechos. Tambi&eacute;n apela expl&iacute;citamente a los valores de la libertad de conciencia y la igualdad ante la ley.<\/p>\n<p>De acuerdo con el p&aacute;rrafo 48, &ldquo;Las prohibiciones de muestras de falta de respeto hacia una religi&oacute;n u otros sistemas de creencias, incluyendo las leyes de blasfemia, son incompatibles con el Pacto, excepto en circunstancias espec&iacute;ficas tratadas en el art&iacute;culo 20, p&aacute;rrafo 2, del Pacto.&rdquo; El art&iacute;culo 20, p&aacute;rrafo 2, llama a los estados a prohibir &ldquo;la defensa del odio nacional, racial o religioso que constituye una incitaci&oacute;n a la discriminaci&oacute;n, la hostilidad o la violencia.&rdquo; El Comentario es cuidadoso requiriendo que cualquier restricci&oacute;n no debe violar las garant&iacute;as del Pacto sobre igualdad ante la ley (Art&iacute;culo 26) y la libertad de pensamiento, consciencia y religi&oacute;n (Art&iacute;culo 18). Por tanto, no se permitir&iacute;a que ninguna de estas leyes discriminara a favor o en contra de ciertas religiones o sistemas de creencias, o a sus partidarios por encima de otros, o a los creyentes religiosos sobre los no creyentes. Tampoco se permitir&iacute;a que tales prohibiciones fueran empleadas para prevenir o castigar la cr&iacute;tica de los l&iacute;deres religiosos o el comentario sobre la doctrina religiosa y las afirmaciones de fe.<\/p>\n<p>Las leyes contra la blasfemia o &ldquo;insultos religiosos&rdquo; (que se encuentran en todo el mundo, incluyendo la mitad de los estados miembros del Consejo de Europa) son inherentemente discriminatorio contra los secularistas y los disidentes religiosos. Son discriminatorios en el sentido de que los secularistas no poseen recursos legales cuando son las palabras de los creyentes las que ofenden sus sensibilidades morales. Tampoco los gays pueden llevar a juicio a los editores del Lev&iacute;tico por la afrenta espiritual que con seguridad les supone. Los esc&eacute;pticos y creyentes heterodoxos, por otra parte, s&iacute; tienen un art&iacute;culo 18 para vivir y hablar de acuerdo con su conciencia incluso cuando ofende la ortodoxia.<\/p>\n<p>El p&aacute;rrafo 32 del nuevo comentario tambi&eacute;n previene contra los estados que emplean una noci&oacute;n estrecha de la llamada moral p&uacute;blica para restringir la expresi&oacute;n, eliminando las leyes que postergan a una tradici&oacute;n religiosa en particular: &ldquo;el concepto de la moral deriva de muchas tradiciones sociales, filos&oacute;ficas y religiosas, y en consecuencia las limitaciones&hellip; con el prop&oacute;sito  de de proteger la moralidad ha de basarse en principios que no deriven en exclusiva de una sola tradici&oacute;n&rdquo;.<\/p>\n<p>Las implicaciones de estas recomendaciones consisten en que las controversias sobre la blasfemia no son simplemente un conflicto entre &ldquo;libertad de expresi&oacute;n&rdquo; y fe, sino choques entre afirmaciones contrarias sobre la conciencia. Esta posici&oacute;n es defendida por la <a href=\"http:\/\/www.iheu.org\/files\/Speaking%20Freely%20about%20Religion.pdf\">International Humanist and Ethical Union<\/a> y elaborada en mi pr&oacute;ximo libro, The future of Blasphemy: Speaking of the Sacred in an Age of Human Rights.<\/p>\n<p>El mensaje del Comentario General N&uacute;mero 34 no es s&oacute;lo una condena clara de las leyes de blasfemia de pa&iacute;ses como Pakist&aacute;n, que a pesar de haber ratificado el ICCPR en 2008, contin&uacute;a imponiendo la pena capital por blasfemia y &ldquo;profanaci&oacute;n&rdquo; contra el nombre del Profeta Muhammad. 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A&uacute;n as&iacute;, en ausencia de una norma internacional precisa, la &ldquo;defensa del odio religioso&rdquo; podr&iacute;a significar cualquier cosa, desde provocar violencia inminente contra individuos (criminalizados incluso bajo la Primera Enmienda) hasta el standard no verificable de estar motivado por la hostilidad religiosa, como ocurre bajo la Ley brit&aacute;nica sobre Crimen y Desorden de 1998. 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